
Directriz que se encarga de regular el uso de armas en seguridad privada.
El diario oficial La gaceta había publicado
el acuerdo 2016-132-MSP, el cual fue firmado por Gustavo Mata, ministro de
Seguridad Pública, en el cual se establece que las únicas firmas que son
autorizadas para usar el armamento son las de custodia y transporte de valores,
de mercancías, así como también los
guardaespaldas.
Con esta directriz, los bancos, empresas, entidades públicas,
hospitales, centros comerciales y condominios que deseen tener oficiales de
seguridad privada armados deberán presentar una solicitud, y en un plazo de
tres meses, un estudio técnico para justificar por qué requieren a oficiales
con armas de fuego.
El acuerdo establece que el informe debe ser realizado por un
criminólogo o un profesional acreditado en materia de seguridad.
La Dirección de Servicios de Seguridad Privada
del ministerio decidirá si lo aprueba o no.
Según lo manifestado por Gustavo Mata, ministro de Seguridad, esta disposición se da a raíz del descontrol que a habido por
muchos años con este tipo de empresas.