Directriz que se encarga de regular el uso de armas en seguridad privada.



El diario oficial La gaceta  había publicado

el acuerdo 
2016-132-MSP, el cual fue  firmado por Gustavo Mata, ministro de

Seguridad Pública, en el cual se  establece que las únicas firmas que son

autorizadas para usar el armamento son las de custodia y transporte de valores,

de mercancías, así como también  los

guardaespaldas.





Con esta directriz, los bancos, empresas, entidades públicas,

hospitales, centros comerciales y condominios que deseen tener oficiales de

seguridad privada armados deberán presentar una solicitud, y en un plazo de

tres meses, un estudio técnico para justificar por qué requieren a oficiales

con armas de fuego.





El acuerdo establece que el informe debe ser realizado por un

criminólogo o un profesional acreditado en materia de seguridad. 





La Dirección de Servicios de Seguridad Privada

del ministerio decidirá si lo aprueba o no.





Según lo manifestado por  Gustavo Mata, ministro de Seguridad, esta disposición se da a raíz del descontrol que a habido por

muchos años con este tipo de empresas.